INSCRIPCIÓN DE PRODUCTOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE TERAPÉUTICA VEGETAL.Los productos fitosanitarios (principios activos y productos formulados) se inscriben dando cumplimiento al
“Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios en la Republica Argentina”, aprobado por la
Resolución Sagpya Nº 350/99. La mencionada Resolución, adopta para la Argentina la Quinta Edición del Manual sobre Elaboración y Empleo de las Especificaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) para Productos destinados a la Protección de Plantas.
El Certificado de Uso y Comercialización emitido como resultado del trámite de inscripción, autoriza a los productos a ser vendidos y usados en todo el Territorio Nacional. Los productos que se encuentran habitualmente en el mercado son los productos formulados. Los principios activos son aquellos que utilizan las plantas formuladoras para la elaboración de los productos formulados.
La inscripción de un producto fitosanitario es un proceso científico, legal y administrativo, mediante el cual el Senasa examina las propiedades físicas y químicas del producto, su eficacia, su capacidad potencial de producir efectos tóxicos sobre la salud de los seres humanos y los efectos medioambientales, el etiquetado y el embalaje.
Previo a inscribir el producto, debe tramitarse la inscripción de la firma registrante, que será la responsable del producto ante el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal. Entre los principales requisitos para la inscripción de productos se citan:
Ensayos de eficacia, para determinar la dosis, modo y momento de aplicación. Los ensayos pueden ser realizados por: productores, estaciones experimentales, etc., dando cumplimiento a los protocolos correspondientes.
Ensayos de residuos, para determinar los Límites Máximos de Residuos (LMR) y el correspondiente período de carencia. Los ensayos deben ser realizados por laboratorios pertenecientes a la Red de Laboratorios del Senasa.
Información confidencial: consiste en la presentación de la descripción de las materias primas que integran el producto, proceso de elaboración, certificado cuali-cuantitativo, etc.
Clasificación toxicológica: ensayos efectuados por un laboratorio acreditado para tal fin, en la Dirección General de Laboratorio y Control Técnico del Senasa. Dicha clasificación responde a los parámetros establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los productos aprobados se identifican con un Número y Nombre Comercial. En la etiqueta constan las recomendaciones de uso: plaga que controla, dosis, momento de aplicación y período de carencia. Asimismo, se incluye la Clasificación toxicológica que corresponde a una banda de color (rojo, amarillo, azul o verde), una leyenda de peligro, pictogramas correspondientes, etc. De igual manera se incluye en las etiqueta de los productos, las medidas precautorias generales, los riesgos ambientales, precauciones ambientales, el tratamiento de remanentes y envases vacíos, almacenamiento, acciones ante derrames, primeros auxilios, advertencias para el médico, consultas en caso de intoxicación, etc.
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